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Artículo 2 de la Ley 19.545 · Crea un sistema de certificacion oficial de conformidad de exportaciones

Crea un sistema de certificacion oficial de conformidad de exportaciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 93551 / 8323197.

Texto oficial

Artículo 2º.- Se entiende por certificación oficial la que emana de un certificador acreditado por el Estado de Chile, en los casos a que se refiere el artículo 6º.