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Artículo 25 de la Ley 19.545 · Crea un sistema de certificacion oficial de conformidad de exportaciones

Crea un sistema de certificacion oficial de conformidad de exportaciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 93551 / 8323224.

Texto oficial

Artículo 25.- En forma previa a la aplicación de una sanción se notificará al afectado de los cargos que se formulan en su contra, para que presente sus descargos al Subsecretario dentro del plazo de diez días, contado desde la notificación de los cargos. De la resolución que imponga una sanción, salvo lo dispuesto en el artículo 27, se podrá reclamar ante el Ministro dentro del plazo de cinco días contados desde la notificación de dicha resolución. El Ministro tendrá un plazo de 30 días para resolver. Contra dicha resolución no procederá recurso alguno. Aplicada una multa ésta deberá ser pagada, en la Tesorería Regional del domicilio del sancionado, dentro del término de diez días contado desde la notificación de la resolución respectiva.