Texto oficial
Artículo 58º.- Para los efectos del desempeño de sus DFL MOP 870, de
funciones y del cumplimiento de cometidos que les encomiende 1975, N° 5
el Ministro de Obras Públicas, los Secretarios Regionales
Ministeriales dependerán directamente de aquél, sin
perjuicio de lo prescrito en el Decreto Ley Nº 575, de
1974.