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Artículo ÚNICO del Decreto 241

Promulga el convenio sobre seguridad social con la confederacion suiza

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 98430 · idParte: 6108967

Texto oficial

Artículo único.- Promúlgase el Convenio de Seguridad Social, suscrito entre los Gobiernos de la República de Chile y de la Confederación Suiza el 20 de junio de 1996; cúmplase y llévese a efecto como ley y publíquese copia autorizada de su texto en el Diario Oficial.