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Artículo 69 del Decreto 98

Aprueba reglamento general de la ley nº19.518, que fija el nuevo estatuto de capacitacion y empleo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 98442 / 8467705.

Texto oficial

Artículo 69º: Los funcionarios fiscalizadores del Servicio contarán con la debida identificación para el ejercicio de su función. Deberán cumplir estrictamente con la obligación de reserva de los antecedentes que conozcan como parte de su actividad de fiscalización, y en caso de infracción será aplicable el inciso tercero del artículo 27 del Estatuto.