Texto oficial
Artículo 81º: El Servicio Nacional deberá informar
de las infracciones aplicadas a los Servicios Públicos que
determine, sin perjuicio, de las demás medidas de
publiciidad que el Estatuto señale.
Aprueba reglamento general de la ley nº19.518, que fija el nuevo estatuto de capacitacion y empleo
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