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Artículo 3 del Decreto 144

Establece normas de calidad primaria para la protección de las aguas marinas y estuarinas aptas para actividades de recreación con contacto directo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1001042 / 8519405.

Texto oficial

TITULO III Niveles de Calidad Ambiental para Aguas Marinas y Estuarinas Artículo 3º.- Las normas primarias anuales de calidad ambiental para cada uno de los compuestos o elementos que se indican en la Tabla Nº 1 en las aguas marinas o estuarinas que se utilicen para actividades de recreación con contacto directo son las siguientes: Tabla Nº 1 Compuestos o Unidad Percentil Valor Elementos máximo Permitido Color Escala Pt-Co 80 100 pH Unidad de pH 95 6,0 - 8,5(*) Cianuro mg/L 95 0,77 Arsénico mg/L 95 0,11 Cadmio mg/L 95 0,033 Cromo mg/L 95 0,55 Mercurio mg/L 95 0,011 Plomo mg/L 95 0,11 Coliformes fecales (NMP) NMP/100 ml 100 1000 (*): El pH está expresado en términos de valor mínimo y máximo. Los valores anuales aquí expresados están referidos a concentraciones o unidades totales, según corresponda.