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Artículo 13 del Decreto 144

Establece normas de calidad primaria para la protección de las aguas marinas y estuarinas aptas para actividades de recreación con contacto directo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1001042 / 8519421.

Texto oficial

Artículo 13º.- Para los casos en que exista más de una metodología de análisis para medir un compuesto o elemento, según lo establecido en el artículo 14º, corresponderá a las autoridades competentes informar en el Programa de Vigilancia, el método a utilizar considerando la concentración regulada y la sensibilidad del método analítico.