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Artículo 5 del Decreto 146 EXENTO

Reglamento de evaluacion y promocion de alumnos de educacion general basica, de educacion media, de educacion de adultos y proceso de titulacion en educacion tecnico-profesional

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 10011 / 8259320.

Texto oficial

Artículo 5°: Los alumnos deberán ser calificados en todas las asignaturas del plan de estudio correspondiente, utilizando una escala numérica de 1,0 a 7,0, con un decimal. Estas calificaciones deberán referirse solamente al rendimiento escolar. La calificación mínima de aprobación es 4,0.