Texto oficial
Artículo 5°: Los alumnos deberán ser calificados en
todas las asignaturas del plan de estudio correspondiente,
utilizando una escala numérica de 1,0 a 7,0, con un
decimal. Estas calificaciones deberán referirse solamente
al rendimiento escolar.
La calificación mínima de aprobación es 4,0.