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Artículo 16 (DEL ART 2) del Decreto 146

Modifica y fija texto refundido de los estatutos de la corporacion nacional del cobre de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 10014 / 7139308.

Texto oficial

ARTICULO 16° Al Presidente Ejecutivo le corresponde la administración de la Empresa y será nombrado por el Directorio, permaneciendo en el cargo mientras cuente con su confianza, de acuerdo con lo dispuesto en la letra b) del artículo décimo quinto de estos Estatutos. En caso de ausencia del Presidente Ejecutivo será reemplazado por un ejecutivo superior de la Empresa, según el orden que señale el Directorio.