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Artículo 17 (DEL ART 2) del Decreto 146

Modifica y fija texto refundido de los estatutos de la corporacion nacional del cobre de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 10014 / 7139310.

Texto oficial

ARTICULO 17° El Presidente Ejecutivo es responsable de ejecutar los acuerdos del Directorio y supervisar todas las actividades productivas, administrativas, operacionales y financieras de la Empresa en la forma que establece el Decreto Ley N° 1.350, de 1976, y sus modificaciones posteriores y estos Estatutos. En especial, le corresponderá: a) Ejecutar los acuerdos del Directorio; b) Administrar la Empresa, sin perjuicio de las facultades que corresponda al Directorio; c) Confeccionar los presupuestos consolidados anuales de operación, inversión y otros de CODELCO-CHILE para la aprobación del Directorio, basándose en los presupuestos de las Divisiones, previamente aprobados por el Directorio; d) Confeccionar los balances consolidados de la Empresa, correspondientes a cada ejercicio, para someterlos a la aprobación del Directorio, basándose en los balances de las Divisiones, aprobados por el Directorio; e) Resolver todo lo relativo a los negocios y operaciones de la Empresa y disponer de los bienes de ésta, sin perjuicio de lo dispuesto en el Decreto Ley N° 1.167, de 1975, y sujeto a la letra m) del artículo 15° de estos Estatutos; f) Efectuar los traspasos de fondos al Fisco, en conformidad con la ley; g) Representar administrativa, extrajudicial y judicialmente a la Empresa; en este último caso, con las facultades de ambos incisos del artículo séptimo del Código de Procedimiento Civil; h) Vender, exportar, transportar, embarcar, consignar y, en general, comercializar el cobre, minerales, productos y subproductos que provengan de las actividades mencionadas en el artículo 5° de estos Estatutos; i) Presentar pedimientos, manifestar, mensurar y realizar todos los trámites necesarios para constituir derechos de exploración o explotación, mediante concesiones mineras; j) Adquirir toda clase de bienes muebles y celebrar los contratos de prestación de servicios que sean necesarios para cumplir con los fines de la Empresa. En el evento que estas adquisiciones o contrataciones se efectúen en el exterior y su financiamiento o pago se pacten a más de un año plazo, requerirán la autorización, mediante oficio, del Ministerio de Hacienda, debiendo enviar copia del oficio al Ministerio de Minería; k) Presentar la memoria y el balance de la Empresa al Directorio; l) Firmar la memoria y el balance de la Empresa una vez aprobado por el Directorio; ll) Abrir, administrar y cerrar cuentas corrientes bancarias y comerciales, de depósitos o de créditos, sea en moneda nacional o extranjera en el país o fuera de él; m) Constituir, aceptar, alzar y posponer hipotecas y prendas, otorgar, aceptar fianzas, avales y codeudas solidarias y, en general, constituir y aceptar toda clase de cauciones, reales o personales; n) Dar y tomar en arrendamiento, concesión u otra forma de goce, toda clase de bienes muebles o inmuebles. ñ) Registrar marcas y patentes de invención; o) Celebrar contratos de cambio, de transporte de fletamento y de seguros; p) Acordar toda clase de convenios, ceder créditos y aceptar cesiones; q) Contratar al personal de la Empresa, fijar sus remuneraciones y beneficios y poner término a sus servicios, conforme a las políticas generales impartidas por el Directorio; r) Representar al Directorio en las negociaciones de contratos y convenios colectivos de trabajo; s) Proponer al Directorio la aprobación y modificación de las normas sobre organización interna y los manuales de funciones de los cargos superiores de la Empresa; t) Establecer oficinas, agencias, sucursales, divisiones u otras unidades de servicio con administración independiente en Chile o en el extranjero; u) Informar, a lo menos mensualmente, al Directorio de la gestión de la Empresa y de los nombramientos de Ejecutivos Superiores efectuados en ese período; y trimestralmente, respecto del cumplimiento de las políticas generales y las metas propuestas por el Directorio; v) En general, ejecutar o celebrar cualquier otro acto, contrato u operación civil o comercial, en el país o en el extranjero, tendientes al cumplimiento del objeto o que requiera la marcha de la Empresa, modificarlos y ponerles términos, y w) Delegar parcialmente el ejercicio de sus funciones otorgando los poderes necesarios, modificarlos y revocarlos, total o parcialmente, de acuerdo con las necesidades de la Empresa.