Texto oficial
Artículo 11º. Las normas de este párrafo se aplicarán a los casos que deben someterse a un procedimiento de mediación previo a la interposición de la demanda, según lo dispuesto en el artículo 106 de la ley Nº 19.968.
Aprueba reglamento de la ley nº 19.968 que crea los tribunales de familia y deroga decreto nº 957 que aprueba normas reglamentarias necesarias para la ejecución de la ley nº 19.968
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1002564 / 8621102.