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Artículo 22 del Decreto 20

Aprueba estatutos de funcionamiento del consejo para la transparencia

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1002606 / 8621251.

Texto oficial

Artículo 22.- Unidades funcionales. Para el cumplimiento de su cometido el Consejo contará con las unidades funcionales que se establezcan mediante un reglamento aprobado conforme al artículo 42 c) de la Ley de Transparencia. El Director coordinará el funcionamiento de estas unidades conforme a las directrices que defina el Consejo Directivo.