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Artículo 25 del Decreto 20

Aprueba estatutos de funcionamiento del consejo para la transparencia

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1002606 / 8621255.

Texto oficial

Artículo 25.- Declaración de intereses y patrimonio. Las personas que desempeñen funciones directivas, y las demás que determine el Consejo Directivo, deberán presentar su declaración de intereses y patrimonio, en los términos previstos en el párrafo 3º del Título III de la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el DFL Nº 1-19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.