Texto oficial
Artículo 2º.- Para los fines del presente reglamento,
se entenderá que los CL son mezclas de hidrocarburos, en
estado líquido, a temperatura de 37,8 °C (100 ºF) y
presión máxima absoluta de 275 kPa (39,8 psi), utilizados
para generar energía por medio de la combustión. Se
entenderá que forman parte de éstos los biocombustibles
líquidos, biodiesel y bioetanol, producidos a partir de
biomasa.