Texto oficial
Artículo 26º.- El Sistema de Gestión de Seguridad y
Riesgo deberá contener:
a) Orientaciones y objetivos generales de la empresa de
CL, en relación con la seguridad y los riesgos, expresados
formalmente por la dirección superior, a través de una
política definida de seguridad y riesgos, política que
deberá contener, como mínimo, el cumplimiento explícito
de la legislación vigente y aplicable.
b) Definiciones de las obligaciones y responsabilidades
básicas del operador de una instalación de CL y del
personal, en materia de seguridad y riesgos.
c) Estructura organizacional, procedimientos, procesos,
estándares, documentos y recursos para aplicar el SGSR.
d) Identificación de los peligros y evaluación de los
riesgos de la actividad y de sus instalaciones.
e) Planes y programas de prevención y control de riesgos.
f) Programas de capacitación y entrenamiento del
personal.
g) Programa de confiabilidad operacional para el
aseguramiento de la integridad mecánica y la confiabilidad
del equipamiento crítico, entre otros, tanques y tuberías.
h) En el caso de operadores de transporte de CL por
carretera, el SGSR deberá considerar lo relativo a
conductores, vehículos y rutas.
i) Procedimientos escritos para el manejo seguro de CL,
que incluyan:
. Instrucci�nes para la operación segura de cada
instalación de CL.
. Condiciones para puesta en servicio, para operación
normal, operaciones provisorias, operaciones de emergencia,
y detención programada.
. Plan de Mantenimiento e Inspección de cada una de
las instalaciones que opera.
. Naturaleza, cantidad, duración y frecuencia de las
actividades.
. Investigación de accidentes.
. Procedimientos de revisiones y evaluación anual de
la efectividad del Sistema de Gestión de Seguridad y
Riesgo.
. Relaciones con contratistas en aspectos de seguridad
y durante emergencias.
j) Revisión y evaluación anual de la efectividad del
Sistema de Gestión de Seguridad y Riesgo.