Texto oficial
Artículo 76º.- Se deberá reforzar todo tanque cuyo
espesor de la capa protectora señalada en los artículos
anteriores sea superior al diámetro del tanque o si la
presión al fondo de éste es superior a 69 kPa (0,7
kgf/cm2), medida con la tubería de llenado o de venteo
llena con CL, a menos que se cuente con un certificado del
fabricante que acredite que está calificado para operar
bajo tales presiones.