Texto oficial
Artículo 108º.- Los tanques de superficie puestos
fuera de servicio deberán ser vaciados de CL, estar libres
de vapores de CL y resguardados o salvaguardados de
intervención por parte de terceros.
Aprueba reglamento de seguridad para las instalaciones y operaciones de producción y refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles líquidos
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1004120 / 8741340.