Texto oficial
Artículo 158º.- Sin perjuicio de lo establecido en el
Art. 8º del presente reglamento, el diseño de las
instalaciones eléctricas y la selección de los equipos y
materiales que se empleen dentro de las Zona Clase I Div. 1
y 2 Grupo D, se deberá realizar de acuerdo a NFPA 70
"National Electric Code",Edition 2002, en su capítulo 5.