Texto oficial
Artículo 187º.- Los circuitos de iluminación
deberán contar con protección de sobrecorriente, entre
otros, sistema de fusibles independiente o diferencial. Los
conductores eléctricos deberán estar proyectados para las
corrientes de consumo, ser mecánicamente resistentes, tener
buena aislación y estar protegidos contra posibles daños
físicos.