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Artículo 245 del Decreto 160

Aprueba reglamento de seguridad para las instalaciones y operaciones de producción y refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles líquidos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1004120 / 8741510.

Texto oficial

Artículo 245º.- Se deberá disponer de un sistema de protección catódica para atenuar los efectos de la corrosión, preferentemente del tipo de corriente impresa. Este sistema deberá estar funcionando a más tardar 60 días después del lanzamiento de la tubería submarina.