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Artículo 16 de la Ley 20.365 · Establece franquicia tributaria respecto de sistemas solares térmicos

Establece franquicia tributaria respecto de sistemas solares térmicos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1005169 / 9673784.

Texto oficial

Artículo 16.- El Ministerio de Energía, respecto del beneficio contemplado en el artículo 1º y del subsidio señalado en el artículo 13, podrá establecer medidas o mecanismos especiales para fomentar su utilización armónica y territorialmente equitativa, con el objeto de propender a la desconcentración geográfica del uso de los sistemas solares térmicos.