Texto oficial
Art. 32. Las secciones son:
1.a Gobierno interior, justicia, legislación y elecciones.
2.a Comercio y relaciones exteriores.
3.a Instrucción pública, moralidad, servicios, mérito nacional y negocios eclesiásticos.
4.a Hacienda fiscal y pública.
5.a Guerra y Marina.
6.a Minas, agricultura, industria y artes.
7.a Establecimientos públicos y policía en todas clases.