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Artículo 40 de la Ley S/N · Constitución política del estado de chile, promulgada en 29 de diciembre de 1823

Constitución política del estado de chile, promulgada en 29 de diciembre de 1823

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1005202 / 8771449.

Texto oficial

Art. 40. El Presidente del Senado se elige anualmente en las asambleas electorales sin previa calificación, y recayendo precisamente la elección en uno de los Senadores actuales.