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Artículo 113 de la Ley S/N · Constitución política del estado de chile, promulgada en 29 de diciembre de 1823

Constitución política del estado de chile, promulgada en 29 de diciembre de 1823

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1005202 / 8771527.

Texto oficial

Art. 113. El que resulta electo para dos empleos elige el que quiere, y en el que renuncia le subroga el que obtuvo el accésit de la votación. En igualdad de votos para sin empleo, se sortean los nombrados.