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Artículo 211 de la Ley S/N · Constitución política del estado de chile, promulgada en 29 de diciembre de 1823

Constitución política del estado de chile, promulgada en 29 de diciembre de 1823

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1005202 / 8771632.

Texto oficial

Art. 211. El Consejo Departamental nombra las Municipalidades de cada, distrito con previo informe del respectivo delegado: y propone al Directorio los delegados en terna y según la Constitución.