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Artículo 244 de la Ley S/N · Constitución política del estado de chile, promulgada en 29 de diciembre de 1823

Constitución política del estado de chile, promulgada en 29 de diciembre de 1823

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1005202 / 8771668.

Texto oficial

Art. 244. De los dos inspectores, uno se mantendrá en la capital cumpliendo con las funciones antedichas, y visitando detenidamente cada tres meses todas las administraciones de su instituto.