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Artículo 5 de la Ley 20.372 · Establece un nuevo asiento para el juzgado de letras de chaitén

Establece un nuevo asiento para el juzgado de letras de chaitén

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1005226 / 8771872.

Texto oficial

Artículo 5º.- Esta ley entrará en vigor sesenta días después de su publicación en el Diario Oficial.