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Artículo 15 de la Ley S/N

Proyecto de constitución provisoria para el estado de chile publicado en 10 de agosto de 1818, sancionado y jurado solemnemente el 23 de octubre del mismo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1005251 / 8772683.

Texto oficial

Art. 15. Esta misma Junta conocerá en grado de apelación, los pleitos sobre contrabandos y demás ramos de hacienda, observando en la sustanciación, la disposición de las leyes no revocadas.