Texto oficial
Artículo Segundo.- En el plazo de noventa días,
contado desde la instalación de la Gobernación de la
provincia de Marga Marga, se constituirá la comisión a que
se refiere el artículo 55 del decreto con fuerza de ley N°
1-19.175, de 2005, de la Subsecretaría de Desarrollo
Regional y Administrativo del Ministerio del Interior, que
fija el texto refundido, coordinado, sistematizado y
actualizado de la Ley Orgánica Constitucional sobre
Gobierno y Administración Regional, a efectos de que se
cumpla la disposición que fija el artículo 53 de la misma.