Texto oficial
Artículo 1º.- Establécense para el personal de los
Tribunales Tributarios y Aduaneros, en adelante los
Tribunales, los siguientes niveles remuneratorios
equivalentes a aquellos correspondientes a los grados de la
Escala de Sueldos Bases Mensuales del Personal del Poder
Judicial, fijada en el decreto ley Nº 3.058, de 1979, que a
continuación se indican:
Cargo Grado Escalafón
Juez Tributario y Aduanero V Del Personal
Superior
Secretario Abogado VII del Personal
Superior
Resolutor Profesional
Experto X Del Personal
Superior
Administrativo XVII Del Personal de
Empleados
Auxiliar XX Del Personal de
Empleados