Texto oficial
Artículo 6°. Las actividades bonificables a que se
refiere el presente título podrán considerar prácticas
complementarias y modalidades de ejecución que respondan a
los usos y costumbres propios de los pueblos indígenas.
Reglamento del fondo de conservacion, recuperacion y manejo sustentable del bosque nativo
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1006866 / 8787431.