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Artículo 17 del Decreto 95

Reglamento del fondo de conservacion, recuperacion y manejo sustentable del bosque nativo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1006866 / 8787444.

Texto oficial

Artículo 17. Una vez efectuada la evaluación de los proyectos postulados se les asignará un puntaje individual que determinará su orden de prelación en el respectivo concurso. Este puntaje se obtendrá a partir de la ponderación de los criterios que contendrán las bases de cada concurso.