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Artículo 21 del Decreto 95

Reglamento del fondo de conservacion, recuperacion y manejo sustentable del bosque nativo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1006866 / 8787448.

Texto oficial

Artículo 21. Los derechos que correspondan al propietario de un predio cuyo proyecto de plan de manejo haya sido seleccionado en un concurso, podrán ser ejercidos por un nuevo propietario adquirente del respectivo predio, siempre y cuando el nuevo propietario cumpla con los requisitos establecidos en este reglamento y bases del concurso respectivo.