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Artículo 12 de la Ley 20.385

Faculta al fisco para comprar y vender propiedades particulares con ocasión de la erupción del volcán chaitén

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 1007407 · idParte: 8792252

Texto oficial

Artículo 12.- Publicada la resolución que permite la recompra, el solicitante o sus herederos tendrán derecho a iniciar la tramitación de la solicitud correspondiente dentro del plazo de un año, contado desde la referida publicación en el Diario Oficial. Vencido este plazo, el solicitante o sus herederos no podrán hacer uso de este beneficio y deberán sujetarse a las normas ordinarias sobre la materia.