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Artículo 6 transitorio de la Ley 20.392

Modifica el estatuto orgánico de la corporación nacional del cobre de chile (codelco) y las normas sobre disposición de sus pertenencias mineras que no forman parte de yacimientos en actual explotación

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1007982 / 8799908.

Texto oficial

Artículo 6º.- Autorízase al Ministro de Hacienda para que, mediante uno o más decretos expedidos bajo la fórmula "por orden del Presidente de la República", efectúe durante los doce meses siguientes a la publicación de la presente ley, un aporte extraordinario de capital por un monto de hasta 1.000 millones de dólares a la Corporación Nacional del Cobre de Chile. El mayor gasto que demande dicho aporte se financiará con recursos del Fondo de Estabilización Económica y Social y los recursos se transferirán a través de la partida presupuestaria del Tesoro Público.".