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Artículo QUINTO transitorio de la Ley 20.395 · Moderniza el servicio electoral

Moderniza el servicio electoral

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1008273 / 8802516.

Texto oficial

Artículo quinto.- Los requisitos establecidos en el artículo único, número 2), de la presente ley, no serán exigibles, para efectos del encasillamiento, a los funcionarios titulares y a contrata en servicio a la fecha de publicación de esta ley. A los funcionarios a contrata en servicio a la fecha antes señalada, y que mantengan dicha calidad, y a aquellos cuyos contratos se prorroguen en las mismas condiciones, tampoco les serán exigibles los requisitos a que se refiere el inciso anterior. Con todo, el personal señalado en el inciso anterior, deberá asimilarse a los grados de las plantas a que se refiere el artículo único, número 1), de la presente ley.