Texto oficial
CUARTO.- En las tablas del Pleno y de las Salas se
expresará el día y la hora de inicio de la sesión en que
deban tratarse los asuntos en ella incluidos, indicando
aquellos que se verán en cuenta y los que lo serán previa
vista de la causa; el nombre de las partes y el número de
Rol de cada causa, en la forma en que aparezca en la
carátula del respectivo expediente; la materia de que
tratan, y el orden correlativo en que serán vistos. Lo
anterior es sin perjuicio de lo señalado en el inciso
tercero del artículo precedente.