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Artículo DECIMONOVENO de Auto Acordado S/N

Auto acordado sobre ingresos, formación de tablas y vista de las causas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1008701 / 8812056.

Texto oficial

DECIMONOVENO.- Preguntas. Durante los alegatos o una vez finalizados y antes de levantar la audiencia, el Presidente del Tribunal o de la Sala, según corresponda, ofrecerá la palabra a los Ministros que estén integrando, quienes podrán formular preguntas o invitar a los abogados a que extiendan sus consideraciones a cualquier punto de hecho o de derecho comprendido en el proceso, incluyendo, cuando proceda, la invitación a referirse a fundamentos constitucionales distintos a aquellos invocados por las partes en la litis. Esta invitación no obstará a la libertad del abogado para el desarrollo de su exposición por el tiempo que corresponda.