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Artículo 2 del Decreto Con Fuerza de Ley 12

Fija planta de personal de la subsecretaría de energía, régimen de remuneraciones que le será aplicable y modifica la planta de personal de la comisión nacional de energía

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1009792 / 8817751.

Texto oficial

Artículo 2°.- Establécense los siguientes requisitos para el ingreso y promoción a las plantas y cargos antes señalados: A. Planta de Directivos 1. Directivos Jefes de División: Título profesional de una carrera de, a lo menos, 10 semestres de duración, otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional mínima de seis años. Los años de experiencia requeridos serán cuatro en el caso de poseer un grado académico de Magíster o Doctor. Secretarios Regionales Ministeriales, alternativamente: i) Título profesional de una carrera de, a lo menos, 10 semestres de duración, otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional mínima de seis años. Los años de experiencia requeridos serán cuatro en el caso de poseer un grado académico de Magíster o Doctor; o ii) Título profesional de una carrera de, a lo menos, 8 semestres de duración, otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente y acreditar experiencia profesional mínima de ocho años. Los años de experiencia requeridos serán seis en el caso de poseer un grado académico de Magíster o Doctor. 2. Directivos afectos al artículo 8° de la ley Nº 18.834 Jefes de Departamento, alternativamente: i) Título profesional de una carrera de, a lo menos, 10 semestres de duración, otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional mínima de cinco años. Los años de experiencia requeridos serán tres en el caso de poseer un grado académico de Magíster o Doctor; o ii) Título profesional de una carrera de, a lo menos, 8 semestres de duración, otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional mínima de siete años. Los años de experiencia requeridos serán cinco en el caso de poseer un grado académico de Magíster o Doctor. B. Planta de Profesionales Grados 4 y 5, alternativamente i) Título profesional de una carrera de, a lo menos, 10 semestres de duración, otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional mínima de cuatro años. Los años de experiencia requeridos serán dos en el caso de poseer un grado académico de Magíster o Doctor; o ii) Título profesional de una carrera de, a lo menos, 8 semestres de duración, otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional mínima de seis años. Los años de experiencia requeridos serán cuatro en el caso de poseer un grado académico de Magíster o Doctor. Grados 6 y 7, alternativamente: i) Título profesional de una carrera de, a lo menos, 10 semestres de duración, otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional mínima de tres años. Se requerirá sólo un año de experiencia en el caso de poseer un grado académico de Magíster o Doctor; o ii) Título profesional de una carrera de, a lo menos, 8 semestres de duración, otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional mínima de cinco años. Los años de experiencia requeridos serán tres en el caso de poseer un grado académico de Magíster o Doctor. Grados 8 al 10, alternativamente: i) Título profesional de una carrera de, a lo menos, 10 semestres de duración, otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional mínima de un año; o ii) Título profesional de una carrera de, a lo menos, 8 semestres de duración, otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional mínima de dos años. Se requerirá sólo un año de experiencia en el caso de poseer un grado académico de Magíster o Doctor. Grado 11, alternativamente: i) Título profesional de una carrera de, a lo menos, 10 semestres de duración, otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente; o ii) Título profesional de una carrera de a lo menos 8 semestres de duración, otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional mínima de un año. C. Planta de Técnicos Grado 9 Título de Técnico de Nivel Superior o su equivalente otorgado por un establecimiento de educación superior del Estado o reconocido por éste y acreditar una experiencia como técnico de nivel superior no inferior a cinco años. Grados 10 y 11, alternativamente: i) Título de Técnico de Nivel Superior o su equivalente otorgado por un establecimiento de educación superior del Estado o reconocido por éste y acreditar una experiencia como técnico de nivel superior no inferior a tres años; o ii) Título de Técnico de Nivel Medio o su equivalente y acreditar una experiencia como técnico de nivel medio no inferior a cinco años. Grados 12, alternativamente: i) Título de Técnico de Nivel Superior o su equivalente otorgado por un establecimiento de educación superior del Estado o reconocido por éste y acreditar una experiencia como técnico de nivel medio no inferior a un año; o ii) Título de Técnico de Nivel Medio o su equivalente y acreditar una experiencia como técnico de nivel medio no inferior a tres años. D. Planta de Administrativos Grados 13 al 14 Licencia de Enseñanza Media o equivalente y acreditar una experiencia laboral no inferior a cinco años. Grados 15 al 17 Licencia de Enseñanza Media o equivalente y acreditar una experiencia laboral no inferior a tres años. E. Planta de Auxiliares Grados 18 y 19 Licencia de Enseñanza Media o equivalente y acreditar una experiencia laboral no inferior a cinco años. Grado 20 Licencia de Enseñanza Media o equivalente y acreditar una experiencia laboral no inferior a tres años. Grado 21 Licencia de Enseñanza Media o equivalente y acreditar una experiencia laboral no inferior a un año.