Saltar al contenido

Artículo 3 del Decreto Con Fuerza de Ley 12

Fija planta de personal de la subsecretaría de energía, régimen de remuneraciones que le será aplicable y modifica la planta de personal de la comisión nacional de energía

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1009792 / 8817752.

Texto oficial

Artículo 3°.- Traspásase, sin solución de continuidad, desde la Comisión Nacional de Energía a la Subsecretaría de Energía, a contar de la fecha de iniciación de actividades de esta última, el personal cuyo número, estamento y calidad jurídica se dispone en el artículo 6° del presente decreto con fuerza de ley.