Texto oficial
Artículo 37.- Las infracciones previstas en esta ley
prescribirán a los tres años de cometidas, plazo que se
interrumpirá con la notificación de la formulación de
cargos por los hechos constitutivos de las mismas.
Crea el ministerio, el servicio de evaluación ambiental y la superintendencia del medio ambiente
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1010459 / 8848175.