Texto oficial
Artículo sexto.- Modifícase el artículo 25 del
decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2006, del Ministerio del
Interior, que fija el texto refundido, coordinado y
sistematizado de la ley Nº 18.695, Ley Orgánica
Constitucional de Municipalidades, en los siguientes
términos:
a) Incorpórase, antes de la expresión "aseo y ornato"
la expresión "medio ambiente,".
b) Agréganse, las siguientes letras d), e) y f),
nuevas, sustituyendo en la letra b) la coma (,) y la
conjunción "y" que le sigue, por un punto y coma (;), y
reemplazando en la letra c) el punto aparte (.)por un punto
y coma (;):
"d) Proponer y ejecutar medidas tendientes a
materializar acciones y programas relacionados con medio
ambiente;
e) Aplicar las normas ambientales a ejecutarse en la
comuna que sean de su competencia, y
f) Elaborar el anteproyecto de ordenanza ambiental.
Para la aprobación de la misma, el concejo podrá solicitar
siempre un informe técnico al Ministerio del Medio
Ambiente.".