Texto oficial
Artículo Cuarto.- Los reglamentos establecidos en esta
ley deberán dictarse dentro de los seis meses siguientes a
la fecha de su publicación.".
Fija normas especiales para las empresas de menor tamaño
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1010668 / 8861354.