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Artículo 12 de la Ley 20.424 · Estatuto orgánico del ministerio de defensa nacional

Estatuto orgánico del ministerio de defensa nacional

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1010682 / 8862205.

Texto oficial

Artículo 12.- La Junta de Comandantes en Jefe podrá constituir y convocar comités u otros organismos de asesoría, según lo estime conveniente, en tareas temporales y con la finalidad de dar tratamiento a los asuntos que disponga la convocatoria del Ministro.