Texto oficial
Artículo 15.- A la Subsecretaría de Defensa le
corresponderá:
a) Sugerir al Ministro la política de defensa nacional
y la política militar, y encargarse de su actualización y
explicitación periódica.
b) Efectuar el análisis político y estratégico para
la elaboración, actualización y proposición al Ministro
de la apreciación de los riesgos y amenazas para el país
en el ámbito de su seguridad exterior.
c) Sugerir al Ministro la planificación primaria de la
defensa nacional y su actualización periódica, asegurando
la correspondencia de la planificación secundaria con
aquélla.
d) Proponer al Ministro el texto de los informes al
Congreso Nacional sobre las políticas y planes de la
defensa nacional, en aquellas materias que sean competencia
de la Subsecretaría.
e) Requerir de las autoridades correspondientes la
información necesaria para el cumplimiento de sus fines.
f) Convocar y asegurar la participación de los
distintos sectores del Estado en los procesos de
elaboración de las políticas y planes a su cargo, así
como por la debida integración del Estado Mayor Conjunto y
de las instituciones armadas en los mismos.
g) Coordinar, en conformidad con las instrucciones del
Ministro, la acción internacional de los organismos del
sector defensa, entendiendo por tal el conjunto de los que
dependen del Ministerio o se vinculan con el Gobierno a
través del mismo.
h) Proponer al Ministro la agenda de asuntos
internacionales de la defensa y las políticas y
orientaciones para las actividades sobre cooperación
internacional en materias de seguridad y defensa del
Ministerio, en coordinación con el Ministerio de Relaciones
Exteriores.
i) Proponer al Estado Mayor Conjunto orientaciones para
las actividades de los Agregados de Defensa, y por
intermedio de éste, recabar de ellos informaciones o la
realización de gestiones dentro del ámbito de las
competencias de la Subsecretaría.
j) Proponer al Ministro las políticas y orientaciones
para el desempeño de las funciones que le competen al
Ministerio de Defensa Nacional en materias de desarme, no
proliferación, verificación y control internacional de
armamentos, participación de medios militares chilenos en
misiones de paz, y derecho internacional humanitario y de
los conflictos armados.
k) Proponer al Ministro las orientaciones para las
adquisiciones de las Fuerzas Armadas, incluyendo aquéllas
para sistemas de armas y otros equipos.
l) Proponer al Ministro el texto de los informes al
Congreso Nacional sobre los proyectos de adquisición e
inversión en sistemas de armas aprobados. Asimismo,
anualmente se informará sobre las adquisiciones efectuadas
y los proveedores respectivos.
m) Evaluar los proyectos de adquisición e inversión
presentados por los organismos del sector defensa, sin
perjuicio de las facultades que las leyes otorgan a los
Comandantes en Jefe o a otras autoridades del Estado en esta
materia.
n) En coordinación con los organismos competentes del
Estado, proponer al Ministro y coordinar las políticas
sectoriales para el desarrollo científico, tecnológico e
industrial de la defensa nacional, y evaluar los proyectos
de desarrollo e inversión que de ellas se deriven.
ñ) Concurrir a la formulación del anteproyecto de
presupuesto del Ministerio de Defensa Nacional y a la
evaluación del mismo.
o) Proponer al Ministro el anteproyecto de presupuesto
anual de la Subsecretaría.