Texto oficial
Artículo 5º.- El traspaso del personal de la planta
transitoria adscrita a la Subsecretaría de Hacienda, que se
dispone por el artículo tercero de este decreto con fuerza
de ley, no será considerado como causal de término de
servicios, ni de supresión de cargos, cese de funciones o
término de la relación laboral.
La persona traspasada conservará el número de bienios
que tengan reconocidos, como también el tiempo computable
para uno nuevo.