Saltar al contenido

Artículo UNICO transitorio del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Modifica planta de personal de directivos y modifica y establece los requisitos específicos de ingreso y promoción de las plantas de personal del servicio de registro civil e identificación

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1011707 / 8892662.

Texto oficial

Artículo único.- Los requisitos establecidos en el artículo 6º del presente decreto con fuerza de ley, no serán exigibles a los funcionarios que, en servicio a la fecha de entrada en vigencia del mismo, desempeñen cargos en calidad de titulares o a contrata, siendo aquellos exigibles sólo una vez que dichos cargos queden vacantes por cualquier causa o se proceda a efectuar nuevos nombramientos o designaciones para el referido personal.