Texto oficial
Artículo 3º.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el artículo 489 del Código Penal:
1) Elimínase, en sus números 1º, 2º y 3º, la palabra "legítimos".
2) Derógase su número 4°.
3) Incorpórase el siguiente inciso final, nuevo:
"Además, esta exención no será aplicable cuando la víctima sea una persona mayor de sesenta años.".".