Texto oficial
Artículo 10º.- Corresponderá a la Dirección General de Aguas y al Servicio Agrícola y Ganadero fiscalizar el cumplimiento de las normas secundarias de calidad ambiental comprendidas en el presente decreto.
Establece normas secundarias de calidad ambiental para la protección de las aguas continentales superficiales de la cuenca del río serrano
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1011869 / 8900457.